Se reproduce adjunta carta del Director General de Ordenación del Juego donde informa acerca de lo establecido en los apartados d) y e) de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego, por su interés para futbolista y técnicos de los clubes. Se indica que el incumplimiento de lo estipulado en la Ley, podría dar lugar a infracciones que deriven en sanciones de hasta 100.000 euros.
CIRCULAR Nº 10 RESPONSABILIDAD EN APUESTAS DEPORTIVAS.pdf
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