La Real Federación Española de Fútbol acordó facultar a las Federaciones de ámbito autonómico para que decidieran el número de jornadas a las que se aplicaría un horario uniforme, tratándose de los últimos partidos de la primera fase del Campeonato Nacional de Liga de Tercera División, instando a todas ellas para que se pronunciaran al respecto.
Transcurrido el plazo otorgado (…) La Federación de Castilla y León va a aplicarlo en la última jornada en el horario que queda establecido del modo siguiente:
Grupo VIII: 18,00 horas.
La obligatoriedad de tales horarios uniformes afecta a los encuentros cuyos resultados puedan determinar el descenso o la participación en la segunda fase, e incluso, en este segundo supuesto, cuando habiendo obtenido matemáticamente un club el derecho a participar en la misma, no esté determinado definivitamente el puesto que haya de ocupar entre lso cuatro primeros de la fase anterior.
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