INSTRUCCIONES PARA EL VOTO PRESENCIAL Y VOTO POR CORREO EN LAS ELECCIONES A CELEBRAR EL DIA 23/02/2016
Siendo necesaria la realización de elecciones, el próximo 23 de febrero, en horario de 17:00 a 20:00 horas y comunicados oportunamente, los miembros de las mesas electorales; en las siguientes circunscripciones y estamentos;
BURGOS
Clubs, futbolistas y técnicos
LEON
Clubs
PALENCIA
Clubs
VALLADOLID
Clubs, futbolistas y técnicos
ZAMORA
futbolistas
Se dicta la siguiente instrucción, para aclarar las distintas modalidades de voto;
PAPELETAS Y SOBRES OFICIALES DE VOTO
· Se encontrarán en cada circunscripción electoral, desde el jueves día 11 de febrero, en horario laboral.
· Para cualquier tipo de votación que se efectúe (presencial directa, presencial delegada o voto por correo), estas serán las únicas válidas (tanto papeletas como sobres). (art 25.3.a) de la Orden CYT/289/2006 y art 35º a) del Reglamento Electoral).
VOTO PRESENCIAL
Clubs.
Podrá ser ejercido personal y exclusivamente por el Presidente del club, mediante previa identificación con el D.N.I. original, ante la Mesa Electoral o bien delegar el voto en quien éste (exclusivamente el Presidente), indique. (art 12º del Reglamento Electoral).
Por tanto sólo podrá votar personalmente o delegar el voto la persona que en los registros federativos figure como Presidente, bien por así constar en la hoja de inscripción del club en la temporada 2015/2016 o en comunicación posterior de cambio de Junta Directiva y/o Presidente.
No serán válidos por tanto, ni los votos presenciales, ni las delegaciones de voto, realizadas por personas distintas al Presidente del club y éste último será el legítimamente reconocido en los registros federativos.
Para la delegación de voto presencial, se acompaña modelo como anexo nº 1
Futbolistas y técnicos,
En estos dos estamentos no está permitida la delegación de voto, por tanto, sólo podrán ejercerlo las personas incluidas en el censo de electores, previa identificación con el D.N.I. original, ante la Mesa Electoral.
VOTO POR CORREO
Todos los estamentos, clubs, futbolistas y técnicos podrán ejercer el voto por correo, (art 25.3º de la Orden CYT/289/2006 y arts. 35º Y 36º del Reglamento Electoral).
Se acompañan modelos de solicitud de voto por correo, para todos los estamentos implicados (anexos nº 2, nº 3 y nº 4). Se recuerda que en el caso de los clubs, la copia de la licencia federativa, será sustituida, por una certificación del Secretario del Club, donde indique que quien está solicitando el voto por correo es el Presidente y que es el único que puede ejercer este voto. Obviamente ha de coincidir el Presidente que se indique en el certificado por parte del club, con el que figure en los registros federativos.
PROCEDIMIENTO
PRIMERO
Introducir la papeleta oficial de voto en el sobre oficial de voto (asegurarse de que la papeleta y el sobre se corresponden con el estamento del votante) y cerrar.
SEGUNDO
El sobre oficial de voto, con el voto dentro y cerrado, y acompañado de;
1) escrito en el que el votante indica que desea ejercer el voto por correo (anexos nº 2, nº 3 ó nº 4)
2) Fotocopia del dni del votante y
3) Fotocopia de la licencia federativa en vigor en el caso de futbolistas y técnicos y del certificado del secretario en caso de los clubs.
Todo ello, se introduce todo dentro de un segundo sobre, en cuyo anverso ha de figurar
DELEGACION PROVINCIAL DE LA F.C. y L.F. EN (la provincia que proceda)
CIRCUNSCRIPCION ELECTORAL DE (la provincia que proceda)
MESA ELECTORAL DE (la que proceda, clubs, futbolistas o técnicos)
DIRECCION DE LA DELEGACION QUE PROCEDA
Y en el reverso de este segundo sobre, ha de figurar:
Nombre, 2 Apellidos, estamento al que pertenece y dirección del votante
Todo ello, dentro del ya precitado segundo sobre, con las indicaciones anteriores.
Muy importante en el voto por correo.
· Los sobres exteriores han de ser individualizados, es decir, cada sobre exterior solo puede contener un solo voto. Los sobres exteriores en cuyo interior haya más de un sobre oficial, quedarán invalidados. (art. 35 b) del Reglamento Electoral)
· En el voto por correo, como su propio nombre indica ha de ser remitido a cada circunscripción electoral por vía postal (servicio público de correos) o por empresa de mensajería. Los sobres de voto por correo, no se pueden adjuntar a cada circunscripción, remitidos personalmente, ni a través de un tercero. (art. 35 a) del Reglamento Electoral)
· Los votos por correo han de estar a disposición de cada Mesa Electoral, como muy tarde el día 22 de febrero a las 14:00 horas. (art 25º.3.b) de la Orden CYT/289/2006 y arts. 35º Y 36º del Reglamento Electoral).
INSTRUCCIONES VOTO JUNTA ELECTORAL.pdf
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