La Federación de Castilla y León de Fútbol actuó legitimada y ajustada a derecho en la no inscripción del equipo palentino a la Primera División Regional de Aficionados en la temporada 2018/19 y no debió ser admitido por el Tribunal del Deporte, tras 16 jornadas de competición.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid ha dictado sentencia en este proceso abierto por la Federación de Castilla y León de Fútbol como demandante, quien siempre ha defendido su legitimidad para requerir, como así lo hizo en su momento, al CD Palencia Balompié el depósito previo de 6.985 euros para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la competición oficial y no perjudicar ni a la propia competición ni a los equipos que sí cumplen con sus obligaciones, como así sucedió y se pudo comprobar jornadas más tarde.
La sentencia, por tanto, no sólo carga de razón a la FCyLF en el pulcro cumplimiento de sus funciones estimando íntegramente el recurso, sino que hace hincapié en la práctica desajustada a derecho de la parte demandada, el Club Deportivo Palencia Balompié y la desafortunada interpretación de la legislación vigente por parte del Tribunal del Deporte de Castilla y León.
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