Por ello, de conformidad con las normas disciplinarias vigentes, los futbolistas que acumulen su quinta amonestación o resulten expulsados en los encuentros que se celebren los días 20 y 21 podrán intervenir en los que se disputen el día 23 y deberán cumplir las sanciones que eventualmente les fueran impuestas en los correspondientes a la jornada del día 28 de abril y posteriores. En consecuencia, se hace expresa advertencia de que la no intervención de los futbolistas a que hace mérito el presente escrito en los partidos que sus clubes disputen el día 23 no supondrá en ningún caso el cumplimiento de su sanción.
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