Por ello, de conformidad con las normas disciplinarias vigentes, los futbolistas que acumulen su quinta amonestación o resulten expulsados en los encuentros que se celebren los días 29 y 30 de octubre podrán intervenir en los partidos del día 1 de noviembre debiendo cumplir las sanciones que eventualmente les fueran impuestas en los correspondientes a la jornada del día 6 de noviembre y posteriores. En consecuencia, se indica que la no intervención de los futbolistas a que hace mérito el presente escrito en los partidos del día 1 que disputen sus clubes no supondrá en ningún caso el cumplimiento de su sanción.
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